El Recurso de Reconsideración, establecido en el artículo 871 de la Ley Federal del Trabajo, es una herramienta procesal utilizada en los procedimientos laborales ordinarios para impugnar ciertos actos del secretario instructor. Sin embargo, recientemente, un Tribunal Colegiado de Circuito ha determinado que este recurso no se limita exclusivamente a los actos expresamente señalados en el artículo mencionado, sino que su procedencia también abarca otros actos emitidos por el secretario instructor.
En un caso particular, los demandados en un procedimiento laboral ordinario promovieron un juicio de amparo indirecto contra una resolución emitida por el secretario instructor, en la que se desecharon los incidentes de nulidad interpuestos y se les impuso una multa a cada uno. Sin embargo, el Juez de Distrito desechó la demanda de amparo, alegando que no habían agotado previamente el Recurso de Reconsideración establecido en el artículo 871 de la Ley Federal del Trabajo.
El Tribunal Colegiado de Circuito encargado de resolver la queja aducida por los demandados, determinó que el Recurso de Reconsideración procede no solo contra los actos expresamente enlistados en el artículo 871 de la Ley Federal del Trabajo, sino también contra otros actos emitidos por el secretario instructor durante la fase escrita del procedimiento laboral ordinario y antes de la audiencia preliminar.
La justificación para ampliar el alcance del Recurso de Reconsideración radica en la propia redacción de la ley y en la facultad del secretario instructor para emitir acuerdos o providencias por orden del Juez. El artículo 871 establece que el secretario instructor puede dictar acuerdos o providencias para auxiliar al Juez en la fase escrita del procedimiento laboral ordinario, y en su inciso f) menciona «los demás que el Juez le ordene». Esto implica que el secretario puede actuar bajo la instrucción del Juez para emitir determinados actos procesales.
Por lo tanto, cualquier acto emitido por el secretario instructor, incluso si no está expresamente mencionado en el artículo 871, podría ser revisado y modificado por el Juez en la audiencia preliminar. Es decir, el Recurso de Reconsideración se convierte en un medio de impugnación válido para cuestionar cualquier acto del secretario que haya sido ordenado o autorizado por el Juez.
La decisión del Tribunal Colegiado de Circuito de ampliar el alcance del Recurso de Reconsideración en la Ley Federal del Trabajo representa un avance en la protección de los derechos de las partes involucradas en procedimientos laborales ordinarios. Al permitir que este recurso proceda no solo contra actos expresamente previstos, sino también contra aquellos emitidos por el secretario instructor bajo la autoridad del Juez, se asegura un mayor control y revisión de la legalidad de los actos procesales. Esta interpretación de la ley refuerza el principio de acceso a la justicia y garantiza un debido proceso en los asuntos laborales, fortaleciendo así el marco jurídico laboral en beneficio de los trabajadores y empleadores.
Fuentes:
Detalle – Tesis – 2026889 (scjn.gob.mx)
Referencias: